RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN
La Agencia Nacional de Seguridad Vial ANSV establece la restricción a la circulación de los vehículos de las categorías N2, N3, O, O3 y O4 – es decir más de 3.500 kg – por las rutas nacionales conforme a las fechas y horarios que informamos más abajo.
La Agencia Provincial de Transporte de la Provincia establece periódicamente restricciones a la circulación de vehículos de transporte de cargas de peso bruto mayor a 7 toneladas principalmente en las rutas provincias de acceso a los balnearios de la costa atlántica.
Restricciones en Rutas Nacionales de la ANSV
Próximas fechas con restricción a la circulación:
| RUTA NACIONAL | 30 de DICIEMBRE DE 2021 | 31 de DICIEMBRE DE 2021 | |
| Autopista BS.AS – La Plata; Richieri; Acceso Oeste y Acceso Norte |
Restricción mano ascendente de 18 a 20:59 |
Restricción mano ascendente de 7 a 9:59 |
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| RN 3 | Restricción de ambas manos entre Lomas del Mirador y Bahía Blanca de 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos entre Lomas del Mirador y Bahía Blanca de 7 a 9:59 |
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| RN 5 | Restricción de ambas manos de 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos de 7 a 9:59 |
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| RN 7 | Restricción de ambas manos desde Junín a Villa Mercedes 18 a 20: 59 |
Restricción de ambas manos desde Junín a Villa Mercedes 7 a 9: 59 |
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| RN 8 | Restricción de ambas manos de 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos de 7 a 9:59 |
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| RN 9 | Restricción de ambas manos desde Totoral hasta La Quiaca 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos desde Totoral hasta La Quiaca 7 a 9:59 |
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| RN 11 | Restricción de ambas manos de 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos de 7 a 9:59 |
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| RN 12 | Restricción de ambas manos entre Ceibas hasta Puerto Iguazú 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos entre Ceibas hasta Puerto Iguazú 7 a 9:59 |
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| RN 14 | Restricción de ambas manos entre Paso de los libres hasta San José, Misiones de 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos entre Paso de los libres hasta San José, Misiones de 7 a 9:59 |
| RN 16 | Restricción de ambas manos desde Makalle hasta Metán 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos desde Makalle hasta Metán 7 a 9:59 |
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| RN 19 | Restricción de ambas manos desde San Francisco hasta Córdoba de 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos desde San Francisco hasta Córdoba de 7 a 9:59 |
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| RN 20 – RN 22 – RN 33 – RN 34 – RN 35 – RN 38 – RN 40 – RN 105 – RN 158 – RN 174 – RN 188 – RN 205 – RN 226 – RN 231 | Restricción de ambas manos de 18 a 20:59 |
Restricción de ambas manos de 7 a 9:59 |
La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, a través de su Resolución nº 6 de 2021, ha fijado las restricciones a la circulación de camiones con carga de más de 7 (siete) toneladas de porte bruto en: la Autovía 2, Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y Autopista Buenos Aires–La Plata, con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas. La misma se encuentra vigente a la fecha, en los siguientes días y horarios:
Restricción en rutas de la Provincia de Buenos Aires
| FECHA | HORARIO | SENTIDO DE FLUJO VEHICULAR AL ÁREA METROPOLITANA |
| Viernes 31 de diciembre de 2021 | De 6:00 a 14:00 | Ascendente (salida) |
| Sábado 1 de enero de 2022 | De 6:00 a 14:00 | Ascendente (salida) |
| Domingo 2 de Enero de 2022 | De 14:00 a 23:59 | Descendente (regreso) |
Ruta Provincial con Restricción por Tramo:
| RUTA PROVINCIAL | TRAMO |
|---|---|
| Autopista Bs.As. – La Plata | Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires Km 40,5 del Ramal Bs.As. – Mar del Plata (por desvío en peaje Hudson) |
| RP N.º 2 (Autovía 2) | Desde Km. 40,5 del Ramal Bs.As. – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km 400 (Camet) |
| RP N.º 11 | Desde intersección con RP N.º 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal) |
| RP N.º 36 | Desde Rotonda RP N.º 10 (Prolongación Av. 66 ‐ La Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas) |
| RP N.º 56 | Desde su intersección con la RP N.º 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP N.º 74 (Gral. Madariaga) |
| RP N.º 63 | Desde Distribuidor de Transito con RP N.º 2 (Dolores) hasta Intersección con RP N.º 11 (Esquina de Crotto) |
| RP N.º 74 | Desde su intersección con la RP N.º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N.º 11 (Pinamar) |
Excepciones de la restricción:
Se exceptúa de la restricción a los vehículos que a continuación se detallan:
- Transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados;
- Transporte de animales vivos;
- Transporte de productos frutihortícolas en tránsito;
- Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;
- Atención de emergencias;
- Asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío;
- Cisterna de traslado de combustibles, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;
- Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;
- Transporte de medicinas;
- Transporte a depósito final de residuos sólidos urbanos;
- Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
- Transporte de sebo, hueso y cueros
Novedades:
Luego de las reuniones realizadas en la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en las cuales FADEEAC tuvo activa participación, y en base a la experiencia obtenida en los períodos anteriores, se consideraron las siguientes modificaciones:
- Se desafectaron varias de las restricciones en el horario de la mañana (de 8:00 a 14:00), quedando solo las 5 correspondientes a vacaciones de verano y una de Semana Santa, siendo estos días de particularmente intenso tránsito.
- También se consideraron los tramos de autovías y autopistas, donde se aplicó el criterio de eliminación de la restricción en el sentido opuesto al tránsito con destino turístico. Además de los ingresos a Ciudad de Buenos Aires, se agregan: En la ruta 7, desde la ciudad de San Luis hasta ciudad de Mendoza. En la Ruta 9, desde Buenos Aires, hasta ciudad de Córdoba. En las Rutas 12 y 14, desde Zárate (Buenos Aires) hasta Paso de los Libres (Corrientes).
- Para paliar las situaciones donde haya saturación de camiones estacionados, la autoridad podrá proceder a la liberación progresiva a partir de las 22:00 para evitar la salida masiva y desordenada de vehículos. Se entregará una constancia de liberación que ampara al vehículo para circular.
- a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados.
- b) De transporte de animales vivos.
- c) De transporte de pescado y mariscos congelados.
- d) De transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
- e) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
- f) De atención de emergencias.
- g) De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
- h) De transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
- i) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
- j) De transporte de medicinas.
- k) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.
- l) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
- m) De transporte de sebo, hueso y cueros.
- n) Cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de Seguridad Vial, o los que en el futuro los reemplacen, sobre una misma vía, día y horario.

